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El derecho al olvido y sus obstáculos en Chile
Sofía Sarfi M.

Sofía Sarfi M.

Asociada

15 de julio de 2025

El derecho al olvido y sus obstáculos en Chile

La reciente reforma a la Ley de Protección de Datos Personales en Chile marca un hito: por fin, los ciudadanos tendrán un mayor control sobre su información, incluyendo la facultad de solicitar su eliminación. Este derecho de supresión, también conocido como “derecho al olvido”, obliga a las organizaciones a borrar los datos personales de quienes así lo soliciten, siempre que no haya un fundamento legal para conservarlos.

Sin embargo, lo que suena sencillo en el papel, se convierte en una odisea en la práctica. Borrar datos no es como eliminar un archivo de Word. La realidad técnica es mucho más compleja. Las empresas almacenan información en bases de datos distribuidas, respaldos automáticos y servidores de terceros. En muchos casos, los datos personales están repartidos en múltiples lugares y formatos, haciendo que su eliminación completa sea una tarea ardua y, a veces, técnicamente inviable.

Por si fuera poco, los respaldos de seguridad presentan un dilema adicional: están diseñados para conservar copias intactas del sistema, y borrar un solo dato sin comprometer la integridad del respaldo es, en la mayoría de los casos, imposible (Politou, E., Michota, A., Alepis, E., Pocs, M., & Patsakis, C. (2018). Backups and the right to be forgotten in the GDPR: An uneasy relationship. Computer Law & Security Review, 34(6), 1247-1257. https://doi.org/10.1016/j.clsr.2018.08.006). A esto se suman obligaciones legales que exigen conservar cierta información durante años, lo que puede chocar directamente con una solicitud de supresión.

Pero el desafío no es sólo chileno. En Europa, donde el derecho al olvido fue consolidado tras el caso Costeja contra Google (Causa C-131/12, Google Spain SL & Google Inc. v Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) & Mario Costeja González, 13 May 2014), las autoridades de protección de datos han anunciado investigaciones coordinadas para evaluar cómo se está aplicando este derecho. El problema no es menor: es uno de los más reclamados por los ciudadanos europeos.

El asunto se complica aún más con la inteligencia artificial. Aunque se borre la base de datos, los modelos de IA entrenados con esos datos pueden seguir conservando “recuerdos” que influyen en su comportamiento. Técnicas como el “desaprendizaje automático” buscan resolver este dilema, pero todavía están lejos de ser la norma (Lobo, J. L., Gil-Lopez, S., & Del Ser, J. (s.f.). The Right to Be Forgotten in Artificial Intelligence: Issues, Approaches, Limitations and Challenges. TECNALIA, Basque Research and Technology Alliance (BRTA), & University of the Basque Country (UPV/EHU).

La Agencia Nacional de Protección de Datos, cuya instalación se espera en los próximos meses, tendrá la difícil tarea de definir estándares claros y realistas para la aplicación de este derecho en nuestro país. La clave estará en lograr un equilibrio entre la protección efectiva de la privacidad y las capacidades técnicas reales de las organizaciones.

Reconocer estas limitaciones no significa abandonar la ambición de proteger nuestros datos. Al contrario: es una invitación urgente a modernizar nuestros sistemas, invertir en soluciones responsables y pensar la privacidad no como un problema técnico, sino como un derecho fundamental en la era digital.

Este artículo fue publicado originalmente en The Legal Industry Reviews. Puedes leer la versión original aquí.